Aviso importante. Esta web es una versión de demostración. Los contenidos jurídicos son
orientativos y no constituyen asesoramiento legal. La normativa de extranjería cambia con
frecuencia y su aplicación depende de cada expediente concreto, del criterio de cada Oficina
de Extranjería y de la jurisprudencia. Antes de tomar cualquier decisión, consúltanos.
🔄 Qué cambió con el Reglamento de 2024
El Real Decreto 1155/2024 sustituyó al reglamento anterior de 2011 y entró en vigor el
20 de mayo de 2025. Estos son los cambios que más afectan a nuestros clientes:
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El arraigo pasó de 3 a 2 años de permanencia continuada. Miles de personas
que llevaban esperando pudieron solicitar un año antes de lo previsto.
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Se reorganizaron las figuras de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo,
familiar y la nueva segunda oportunidad, para quienes tuvieron autorización
en los 2 años anteriores y la perdieron.
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Las renovaciones pasaron a 4 años en lugar del esquema anterior de 2 + 2,
reduciendo a la mitad los trámites que tiene que hacer una familia.
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Los estudiantes pueden trabajar hasta 30 horas semanales y se eliminó el
requisito de haber cursado tres años de estudios para pasar a residencia y trabajo.
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Se creó la autorización de búsqueda de empleo, que da hasta 12 meses para
encontrar trabajo tras finalizar la formación.
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Se amplió la edad de los hijos reagrupables en la reagrupación familiar,
por encima del límite anterior de 21 años.
🚫 Vías que ya no están disponibles
- ✕Residencia por inversión (golden visa). Quedó suprimida en abril de 2025. Quien la obtuvo antes conserva sus derechos y puede renovar.
- ✕Ley de Memoria Democrática (nacionalidad para nietos). Su plazo de solicitud, ya prorrogado, ha finalizado.
- ✕Arraigo para la formación en su configuración anterior: fue sustituido por el arraigo socioformativo, con requisitos distintos.