Has pasado de estancia legal a estancia irregular. Lo importante es entender qué implica de verdad y no tomar decisiones precipitadas.
Los 90 días de estancia autorizada dentro de cualquier periodo de 180 días han terminado. Desde ese momento estás en estancia irregular. La consecuencia habitual es un expediente sancionador que se resuelve con multa; la expulsión se reserva a supuestos con circunstancias agravantes. Tu permanencia, aunque sea irregular, empieza a computar de cara a un futuro arraigo.
Cuándo te aplica: Si tienes hijo español o progenitor originariamente español.
Ver la ficha completa del trámite →Cuándo te aplica: Si tu pareja es española o comunitaria.
Ver la ficha completa del trámite →Cuándo te aplica: Cuando alcances los 2 años de permanencia continuada.
Ver la ficha completa del trámite →Es la situación más habitual y, aunque no lo parezca, la que más puertas tiene abiertas: al superar los 2 años de permanencia entras en el terreno del arraigo.
Leer el caso →Todavía no alcanzas el arraigo por tiempo, pero eso no significa que no tengas nada que hacer: hay vías que no dependen de la permanencia y decisiones que tomar ahora para no perder tiempo.
Leer el caso →Buena noticia: una oferta sólida es la palanca más potente para regularizarte. La clave está en cuánto tiempo llevas aquí y en la solvencia de la empresa.
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